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CARLOS ENRIQUE BAYO / PATRICIA LÓPEZ
El juez que ordenó los registros del 20S ocultó meses antes que ya investigaba el referéndum
Antes de los incidentes multitudinarios de los que hoy
se cumple un año, en julio de 2017, la Guardia Civil interrogó en su cuartelillo
del centro de Barcelona a varios altos cargos de la Generalitat. Tanto el
Juzgado 13 de la ciudad como el Tribunal Superior de Catalunya negaron que se
estuviera investigando a todos los que pretendían organizar un referéndum.
Ahora, se demuestra que mintieron para ocultar que ya se estaba llevando a cabo
una causa general contra el independentismo.
Fue el verdadero inicio de la persecución contra todos los que impulsaban un referéndum sobre la independencia de Catalunya, pero la Judicatura lo negó rotundamente y argumentó que sólo se trataba de averiguar si se habían obtenido ilícitamente los datos fiscales de todos los catalanes.
Ése era inicialmente el objeto judicial de la causa abierta,
a demanda de la organización ultraderechista VOX, por el magistrado del Juzgado
de Instrucción Nº13 de Barcelona, Juan Antonio Ramírez Sunyer, tras unas
declaraciones del juez y senador Santiago Vidal en ese sentido en charlas
que pronunció entre finales de 2016 y principios de 2017. Pero a partir de mayo
de ese último año, el Ramírez Sunyer convirtió ese procedimiento en una causa
general contra todos los que impulsaban el derecho a decidir y la celebración de
un referéndum sobre la independencia de Catalunya.
'20
-S ', el documental que desmonta la versión de Llarena sobre los hechos por los
que encarcelaron a los Jordis
Así que en julio la Guardia Civil cursó citaciones judiciales a empleados y
funcionarios de la Generalitat de Catalunya para interrogarlos en su cuartelillo
de Travesera de Gracia, donde prestaron declaración el secretario general de la
Presidencia, Joaquim Nin, el director general de Comunicación, Jaume
Clotet, y el director general de Atención Ciudadana, Jordi Graells.
La propia Guardia Civil hizo constar que lo hacía por orden del Juzgado nº13,
pero éste lo negó públicamente y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya
(TSJC) llegó a hacer un tuit desmintiéndolo:
"Las diligencias que está haciendo la Guardia Civil son diligencias de la policía judicial y no solicitadas por el magistrado de instrucción 13", afirmó el 27 de julio ese tuit de la cuenta oficial TSJCat (@tsj_cat). Pero la verdad era otra muy diferente.
Ante esas contradicciones, el colectivo de juristas Drets
presentó una querella contra la Guardia Civil por falsedad documental que fue
admitida a trámite por la Audiencia de Barcelona, que a continuación reclamó
al Juzgado nº13 que certificase si tenía alguna investigación abierta sobre el
"Pacto por el Referéndum" y si había encargado a la Guardia Civil una
investigación sobre todo lo relacionado con la organización de ese referendo.
La letrada judicial del Juzgado nº13 de Barcelona ha tardado
más de un año en responder a la Audiencia sobre la falsedad documental cometida
por el juez
La letrada judicial del Juzgado nº13 ha tardado más de un año
en responder a la Audiencia provincial y, cuando finalmente lo ha hecho (el
pasado 23 de agosto) ha tenido que reconocer que, efectivamente, el
magistrado Ramírez Sunyer había ordenado a la Guardia Civil, a partir del 15 de
mayo de 2017, que investigase a todos aquellos que "pudieran haber
intervenido en la autorización, creación y desarrollo de la web
pactepelreferendum.cat", razón por la cual se interrogó a Nin, Clotet y
Graells en julio. Dos meses después, el juez ordenaba la supresión de esa página
web.
'20 -S', un documental que podría servir de prueba en la causa de los 'Jordis'
Esa respuesta judicial del Nº13 también reconoce que desde
marzo de 2017 la Unidad de Policía Judicial de la Guardia Civil estaba
investigando presuntos delitos de malversación de fondos públicos,
desobediencia, revelación de secretos, infidelidad en la custodia de documentos,
prevaricación, rebelión, sedición y contra la paz y la independencia del Estado,
en relación con "las actuaciones y los gastos directamente encaminados a la
celebración del referéndum de autodeterminación".
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En consecuencia, el propio Juzgado ha reconocido que faltó
flagrantemente a la verdad cuando rechazó (el 19 de julio de 2017) la
personación de la CUP en la causa que instruía, argumentando que esa
investigación "no tenía por objeto ni la organización política ni la
convocatoria de un referéndum, ni es una causa general contra los que directa o
indirectamente tuviesen interés en él".
Es decir, el magistrado Ramírez Sunyer cometió falsedad en
documento público al firmar en su interlocutoria que no estaba investigando lo
que sí investigaba. Por tanto, el colectivo de juristas Drets se plantea
ahora presentar una querella contra ese juez ante el Tribunal Superior de
Justicia –por su condición de aforado–y contra la letrada judicial del
Juzgado Nº13 de Barcelona por presunta prevariación y/o falsedad, así como
violación de derechos fundamentales.
Si se demuestra que el juez Ramírez Sunyer cometió falsedad,
prevaricación y violación de derechos fundamentales, toda su instrucción puede
quedar invalidada.
Si esos presuntos delitos se sustanciaran en una sentencia
firme, podría quedar invalidado todo el procedimiento instruido por Ramírez
Sunyer, quien ordenó 14 detenciones, una docena de registros e innumerables
escuchas telefónicas de relevantes dirigentes independentistas, como los dos
Jordis (Sánchez y Cuixart, de la ANC y Ómnium, hoy presos) o incluso consellers.
El problema es que la jueza Lamela le ha solicitado muchas de esas
grabaciones, bajo secreto de sumario, pero no ha pedido también los autos de
Sunyer que deben justificar esa vulneración del derecho fundamental del secreto
de las comunicaciones privadas.
El contenido de esas comunicaciones ha sido, por tanto,
empleado para acusar a los imputados, sin que se haya verificado si los
atestados de Sunyer –quien tiene en su haber diversas actuaciones
imprudentes, como enviar a prisión incondicional a independentistas que luego
han tenido que ser absueltos e indemnizados por el tiempo de encarcelamiento–
avalan con la suficiente motivación jurídica esa vulneración de un
derecho fundamental.
Fue precisamente el juez Ramírez Sunyer quien ordenó hace un
año, el célebre 20-S, no menos de 41 entradas y registrosen las dependencias
de diferentes consejerías y departamentos de la Generalitat, organismos públicos
y despachos particulares, incluida la Consejería de Economía de Rambla de
Catalunya, ante la cual se congregó una manifestación espontánea que después
sería calificada por el magistrado Pablo Llarena de la Audiencia Nacional como
un acto de "rebelión violenta multitudinaria" que "restringió mediante el uso de
la fuerza la capacidad de actuación de la Policía".
En esa interpretación judicial, rechazada por los tribunales de
Alemania y Bélgica, se fundamentan las acusaciones de rebelión por las que
llevan meses en prisión numerosos dirigentes políticos catalanes aforados y
otros se han ido al exilio.
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